| Entidades FInancieras - AFJP - casas de cambio | ||||
| Personas físicas o jurídicas que como actividad habitual exploten juegos de azar | ||||
| Agentes, sociedades de bolsa y todos intermediarios que operen bajo la órbita de bolsas de comercio | ||||
| Registros Públicos de Comercios, de la propiedad inmueble, y del automotor. | ||||
| Personas físicas o jurídicas dedicadas a la compraventa de bienes suntuarios, o industrialización de joyas o bienes con metales o piedras preciosas | ||||
| Empresas aseguradoras, emisoras de cheques de viajeros u operadoras de tarjeta de créditos o de compra, dedicadas al trasporte de caudales, prestatarias o concesionarias de servicios postales que realicen operaciones de giros de divisas | ||||
| Escribanos públicos | ||||
| Banco Central de la República Argentina, Administración Federal de Ingresos Públicos, Superintendencia de Seguros de la Nación. Comisión Nacional de Valores, Inspección General de Justicia | ||||
| Productores, Asesores de Seguros, Agentes Intermediarios, Peritos y Liquidadores de Seguros | ||||
| Profesionales matriculados cuyas actividades esten reguladas por los consejos. | ||||
| Profesionales de Ciencias Económicas | ||||
| Personas Jurídicas que reciben donaciones o aportes de terceros. | ||||
lunes, 24 de octubre de 2011
Sujetos obligados a informar
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario